Los formularios EX son los modelos oficiales con los que se inician los trámites de extranjería en España. Cada autorización tiene el suyo y, desde el nuevo Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024), varios cambiaron de número o de contenido. Esta guía resume qué formulario corresponde a cada trámite según la lista oficial del Ministerio de Inclusión, revisada en octubre de 2026.

Qué formulario necesito según mi situación

  • Vengo a estudiar, hacer prácticas o voluntariado (más de 90 días): EX-00.
  • Quiero vivir en España sin trabajar (no lucrativa): EX-01.
  • Quiero traer a mi familia (reagrupación familiar): EX-02.
  • Tengo una oferta de trabajo de una empresa (cuenta ajena): EX-03.
  • Quiero trabajar como autónomo (cuenta propia): EX-07.
  • Arraigo (social, sociolaboral, socioformativo, familiar, segunda oportunidad) u otras circunstancias excepcionales: EX-10.
  • Llevo 5 años de residencia legal (larga duración): EX-11.
  • Necesito el NIE o un certificado: EX-15.
  • Ya tengo la autorización y necesito la tarjeta (TIE): EX-17, en la toma de huellas.
  • Soy familiar de un ciudadano de la UE: EX-19; si el familiar es español, EX-24.
  • Quiero cambiar mi autorización (por ejemplo, de estudiante a trabajador): EX-26.

Lista completa de formularios EX

Modelo Para qué sirve
EX-00 Autorización de estancia de larga duración (estudios, movilidad de alumnos, prácticas, voluntariado)
EX-01 Residencia temporal no lucrativa
EX-02 Residencia temporal por reagrupación familiar
EX-03 Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena, o autorización de trabajo por cuenta ajena
EX-04 Residencia para prácticas
EX-06 Residencia y trabajo para actividades de temporada
EX-07 Residencia temporal y trabajo por cuenta propia
EX-09 Residencia temporal con excepción de la autorización de trabajo
EX-10 Residencia por circunstancias excepcionales (arraigo, protección internacional, razones humanitarias…)
EX-11 Residencia de larga duración o de larga duración-UE
EX-13 Autorización de regreso
EX-15 NIE y certificados
EX-16 Cédula de inscripción o título de viaje
EX-17 Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)
EX-18 Inscripción en el Registro Central de Extranjeros (residencia de ciudadano de la UE)
EX-19 Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE
EX-20 Residencia del artículo 50 TUE para nacionales del Reino Unido (Brexit)
EX-21 Residencia del artículo 50 TUE para familiares de británicos de terceros países
EX-22 Permiso de trabajador fronterizo del Reino Unido
EX-23 Tarjeta del artículo 18.4 del Acuerdo de Retirada
EX-24 Residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española
EX-25 Residencia temporal y desplazamiento temporal de menores extranjeros
EX-26 Modificación de una autorización de residencia o estancia
EX-28 Aplicación de la disposición transitoria 2.ª del Real Decreto 1155/2024
EX-29 Prórroga de estancia de corta duración
EX-31 Arraigo para solicitantes de protección internacional (DA 20.ª)
EX-32 Arraigo extraordinario (DA 21.ª)

El antiguo EX-08 ya no figura en la lista oficial: las estancias por estudios se tramitan ahora con el EX-00. Las autorizaciones de la Ley 14/2013 (profesionales altamente cualificados, emprendedores, inversores) tienen sus propios modelos, en la página de modelos de la Ley 14/2013.

Formulario y tasa: qué se paga con cada uno

  • Autorizaciones de residencia y estancia: tasa 790-052.
  • Autorizaciones de trabajo: tasa 790-062 (en cuenta ajena la paga la empresa).
  • TIE, NIE y certificados de la Policía: tasa 790-012.

Puedes calcularlas con la calculadora de tasas de extranjería.

Dónde descargar los formularios

Descarga siempre la versión vigente (editable o para imprimir) en la página de modelos generales del Ministerio de Inclusión: los impresos antiguos, anteriores al nuevo reglamento, pueden no admitirse. Las solicitudes de residencia se presentan por internet en la plataforma Mercurio o en la Oficina de Extranjería con cita previa.

Fuente: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones — Modelos generales (consultado en octubre de 2026). Información orientativa: no sustituye al asesoramiento de un abogado o gestor.