Carta de Invitación a España: Guía Completa, Requisitos y Tasas
Si tienes amigos o familiares fuera de la Unión Europea que desean visitarte, necesitas tramitar la carta de invitación a España. Este documento es obligatorio para justificar el alojamiento ante las autoridades fronterizas y evitar que tu invitado sea rechazado al llegar.
En esta guía profesional te explicamos paso a paso cómo solicitarla, cuánto cuesta en 2026 y qué responsabilidades legales asumes como anfitrión.
¿Qué es la carta de invitación y quién debe solicitarla?
La carta de invitación es un documento oficial mediante el cual un ciudadano español o un residente legal en España solicita el permiso para alojar a un extranjero (no comunitario) por un periodo máximo de 90 días con fines turísticos o privados.
Es fundamental entender que este documento no es un visado. Si el país de origen de tu invitado requiere visado para entrar en el espacio Schengen, la carta de invitación es solo uno de los requisitos que deberá presentar en el consulado para obtenerlo.
Requisitos para solicitar la carta de invitación en 2026
Para que la Comisaría de Policía apruebe tu solicitud, debes cumplir con las siguientes condiciones:
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Estatus legal del anfitrión: Ser ciudadano español, nacional de un país de la UE o extranjero con residencia legal (TIE vigente).
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Disponibilidad de vivienda: Debes acreditar que tienes un lugar donde alojar al invitado (propiedad, alquiler o usufructo).
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Empadronamiento: Certificado que demuestre que resides efectivamente en dicha vivienda.
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Capacidad de alojamiento: La vivienda debe tener condiciones de habitabilidad suficientes para el número de personas invitadas.
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Vínculo demostrable: Debes explicar (y probar si se solicita) la relación de amistad o parentesco con el invitado.
Paso a paso para realizar el trámite (Actualizado)
El proceso se realiza de forma presencial en la Comisaría de Policía Nacional de tu lugar de residencia. Sigue estos pasos:
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Cita Previa: Reserva tu turno en la Sede Electrónica de la Policía para el trámite «Carta de Invitación».
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Presentación de la Solicitud: Entrega el formulario oficial junto con el pago de la primera tasa (autorización).
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Fase de Instrucción: La Policía revisará los datos. En algunos casos, pueden citarte para una breve entrevista de verificación.
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Resolución y Pago de Expedición: Una vez aprobada (suele tardar entre 10 y 30 días), recibirás una notificación para pagar la segunda tasa por la impresión del documento original.
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Envío al Invitado: Debes recoger la carta física (con sello y firma original) y enviarla por correo postal o mensajería a tu invitado. Las copias escaneadas no tienen validez legal en la frontera.
Documentación Necesaria: Checklist Profesional
Para evitar que denieguen tu solicitud por falta de información, prepara la siguiente carpeta:
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Formulario de solicitud oficial (original y copia).
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DNI o TIE del anfitrión (vigente).
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Copia del pasaporte del invitado (debe ser legible y estar en vigor).
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Título de la vivienda: Nota Simple del Registro de la Propiedad, contrato de alquiler o último recibo del IBI.
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Certificado de empadronamiento (emitido en los últimos 3 meses).
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Justificación de la relación: Certificados de nacimiento/matrimonio (si son familia) o pruebas de amistad (fotos, correos, etc.). Nota: Los documentos extranjeros deben estar apostillados y traducidos por intérprete jurado.
Tasas y Costes de la Carta de Invitación en 2026
El coste total del trámite se divide en dos pagos principales mediante el Modelo 790-012. Los importes actuales son:
| Concepto | Tasa (Importe aprox.) | Momento del pago |
| Autorización de expedición | 75,85 € | Al presentar la solicitud |
| Expedición del documento | 6,60 € | Al recoger la carta aprobada |
| Compulsa de documentos | 1,10 € (por doc) | Según sea necesario |
Importante: Si la solicitud es denegada, la tasa de autorización (75,85 €) no es reembolsable.
Responsabilidades Legales y Sanciones
No te tomes este trámite a la ligera. Al firmar la carta, te comprometes a que el invitado abandonará España al finalizar el periodo estipulado.
El incumplimiento de las condiciones o favorecer la permanencia irregular del extranjero es una infracción grave según la Ley Orgánica 4/2000. Las multas pueden oscilar entre los 501 € hasta los 10.000 €, e incluso constituir un delito de fomento de la inmigración clandestina en casos reincidentes.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Puedo invitar a varias personas en una sola carta?
No. Se debe tramitar una carta individual por cada invitado. Solo se permite incluir en la misma solicitud a menores de edad que dependan del invitado principal.
¿Cuánto tiempo tarda todo el proceso?
Depende de la comisaría, pero el tiempo promedio oscila entre 2 y 4 semanas. Recomendamos iniciar el trámite al menos 2 meses antes del viaje para contar con el margen de envío postal.
¿Qué pasa si deniegan la carta de invitación?
Si la resolución es negativa (silencio administrativo o denegación expresa), puedes presentar un recurso de reposición o un recurso contencioso-administrativo. Las causas comunes suelen ser falta de espacio en la vivienda o dudas sobre la veracidad del vínculo.
¿El invitado necesita algo más aparte de la carta?
Sí. Al llegar a España, el control fronterizo puede pedirle:
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Billete de ida y vuelta.
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Seguro médico de viaje con cobertura mínima de 30.000 €.
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Medios económicos suficientes (aproximadamente 116 € por día de estancia en 2026).
Enlaces de interés y normativa
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